DERECHO DE CONVERSIÓN DE GASTOS MÉDICOS

¿Va a dejar la empresa? Su seguro puede irse con usted.

El derecho de conversión le permite pasar del seguro colectivo a uno individual **conservando su antigüedad y sin volver a pasar por examen médico**. Pero hay un plazo, y se vence.

LA URGENCIA *(bloque destacado, arriba)*

### Tiene un plazo, y empieza a correr el día que sale.

`[COMPLETAR CON DATOS REALES: plazo real. Varía por aseguradora y por contrato colectivo.]`

Si se vence, la única salida es contratar un seguro nuevo — con examen médico, sin antigüedad y con sus padecimientos actuales tratados como preexistentes. La diferencia entre ejercerlo a tiempo y no hacerlo puede ser quedarse sin cobertura justo para lo que ya tiene.

A QUIÉN LE APLICA

Renunció o le liquidaron · Se jubila o llega a la edad de retiro · La empresa canceló o cambió el colectivo · Cambia de aerolínea u operador · Termina su relación con el sindicato

`[CONFIRMAR supuestos reales]`

POR QUÉ ESTO PESA MÁS EN AVIACIÓN

Una carrera en aviación son décadas de exámenes médicos, y con los años casi todos acumulan algo: presión, columna, oído, un procedimiento. Mientras está en el colectivo, eso está cubierto. Si sale sin ejercer la conversión y contrata de cero a los cincuenta y tantos, todo eso se vuelve preexistencia — justo lo que más va a necesitar. Por eso este trámite no se pospone.

QUÉ HACEMOS POR USTED

Revisamos su contrato colectivo y le decimos si tiene el derecho, con qué alcance y hasta cuándo.

Le mostramos números: qué cubre el plan individual al que puede pasar y cuánto costaría.

Tramitamos antes del plazo, con la aseguradora, y le decimos qué documentos se necesitan.

Si la conversión no le conviene, se lo decimos y buscamos alternativa. No siempre es la mejor opción, y preferimos decírselo.

ESTAMOS DENTRO DEL AEROPUERTO

Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México · Terminal Aérea Nacional 1 · Local A125, Sala C · Tel. (55) 5762-8558

PREGUNTAS FRECUENTES

1. ¿Qué es exactamente el derecho de conversión?

2. ¿Cuánto tiempo tengo para ejercerlo desde que salgo?

3. ¿Me van a pedir examen médico?

4. ¿Conservo mi antigüedad y mis padecimientos cubiertos?

5. ¿Puedo incluir a mi familia en la conversión?

6. ¿Cuánto cuesta comparado con lo que pagaba en el colectivo?

7. ¿Aplica si me jubilo, o solo si renuncio?

8. ¿Qué pasa si ya se me venció el plazo?

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